jueves, 21 de julio de 2011

El regimen borbónico reformará la ley de injuiciamiento criminal para poder torturar con más impunidad.

ANTES Y DESPUÉS DE SER INTERROGADO

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal alargará de 3 a 5 días el plazo máximo de detención “en casos de organizaciones criminales o terroristas”

El gobierno mantendrá la incomunicación como arma represiva

La Haine

La Coordinadora para la Prevención y la Denuncia de la Tortura ha anunciado recientemente que el Gobierno español tiene muy avanzado el proyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Esta reforma sería puesta a disposición del Parlamento antes de que acabe la legislatura. Son varias las dudas que plantea la Coordinadora, según las cuales esta Ley no sería todo lo “Garantista” que supuestamente se pretende.

OTRO INTERROGADO CON LOS MÉTODOS DEMOCRÁTICOS ESPAÑOLES

Al parecer, en la nueva redacción legal “el plazo de detención máximo será de 72 horas, prorrogables otras 48 horas en casos de organizaciones criminales o terroristas”.

Esta previsión se completa con la extensión de este periodo, que según destacan agencias de información “hasta los 13 días”.

Este plazo, que ya se disponía en la ley anterior ha activado recomendaciones de todo el arco de organismos e instituciones de derechos humanos, tanto estatales como internacionales reclamando la erradicación de este régimen de incomunicación.

El Gobierno pretende introducir medidas que aliviarían esa situación de incomunicación, presentadas como “medidas de garantía”.

UN TORTURADOR ES MIL VECES PEOR QUE UN TERRORISTA

Se menciona en concreto que “la estancia del detenido se grabará y estará asistido cada ocho horas por un médico forense y por un facultativo designado por el Mecanismo de Prevención de la Tortura”.

A este respecto, la Coordinadora ha reiterado la ineficacia de estas dos medidas, pero además muestra su estupor por la función designada ahora a dicho Mecanismo.

Es conocida nuestra posición contraria a las competencias que se otorgan a la Institución del Defensor del Pueblo para la gestión de este Mecanismo. Además de que se ha sustraído completamente a la sociedad civil el debate sobre la naturaleza y funcionamiento de este sistema de prevención, su ineficacia es absolutamente palmaria, en base a la experiencia con la que contamos“.


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