viernes, 3 de diciembre de 2010

Expertos penales creen que la fiscalía vulneró la ley en sus tratos con EE UU.

"Una obscenidad", según Leopoldo Torres, uno de los abogados de los familiares del caso Couso. "Un grave atentado a la soberanía nacional y a la independencia del Poder Judicial", según la Asociación Libre de Abogados (ALA), que define como "clientelismo y vasallaje" la relación entre la Fiscalía española y la Embajada de Estados Unidos en los casos más preocupantes para el Gobierno de ese país que se siguen en la Audiencia Nacional y en los que ALA ejerce la acusación: Couso, los vuelos de la CIA y las torturas de Guantánamo.
Los contactos entre el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, el responsable del ministerio público en la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, y el fiscal coordinador de terrorismo, Vicente González Mota, con diplomáticos de EE UU, revelada por los cables diplomáticos facilitados por Wikileaks a EL PAÍS, ha causado una honda impresión en el mundo judicial. La ALA ha pedido la dimisión de los dos primeros y que Mota sea apartado del caso de los vuelos de la CIA.
Hasta sus compañeros de la Unión Progresista de Fiscales (UPF) hicieron público un comunicado ayer en el que reclaman a Conde-Pumpido "las más detalladas explicaciones" sobre esos contactos "para disipar cualquier atisbo de duda". Para la UPF, la fiscalía debe guiarse "exclusivamente por la legalidad y el derecho, y no por intereses, razones o influjos de una supuesta razón de Estado". EL PAÍS ha consultado a profesores, abogados, jueces y fiscales por la responsabilidad en que los fiscales podrían haber incurrido. Este es el resultado.

Evitar arrestos con los consejos de Conde-Pumpido

Cándido Conde-Pumpido informó puntualmente a la Embajada de EE UU sobre la posición que mantendría la fiscalía en el caso Couso y sus esfuerzos para que se archivara (lo consiguió en dos ocasiones). También recomendó al embajador que contestara un requerimiento del juez Santiago Pedraz sobre las identidades de los militares imputados para que no pareciera que no colaboraban. Estas son las posibles infracciones que, según juristas consultados por EL PAÍS, pudieron cometerse.
-Asesoramiento ilegal del fiscal general a la embajada. El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) prohíbe a los fiscales cualquier tipo de asesoramiento jurídico. Los abogados del caso consideran que el fiscal incumplió esta prohibición castigada con una sanción disciplinaria.
-Prohibición de revelar datos del sumario. El artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal declara reservadas todas las diligencias que se practiquen en una investigación penal y castiga con multa a quien las revele a cualquiera que no esté personado en el proceso. La Asociación Libre de Abogados considera que el fiscal pudo haber infringido ese precepto.
-Revelación de datos conocidos en ejercicio de funciones. El EOMF lo sanciona como falta disciplinaria muy grave "cuando perjudique la tramitación de un proceso o a cualquier persona".
-Encubrimiento. La acusación del caso Couso cree que pudo cometerse un delito de encubrimiento del 451 del Código Penal por "ayudar a los presuntos responsables de un delito a eludir la investigación de la autoridad".

Elegir el juzgado más favorable al archivo

En el caso de las torturas en la prisión ilegal de Guantánamo, la actuación del fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, según los cables del Departamento de Estado, adelantó a la embajada de EE UU que intentaría que el caso recayera en el juez Ismael Moreno en lugar de Baltasar Garzón. También aconsejó a las autoridades de ese país que abrieran una investigación para evitar que la española pudiera seguir adelante.
-Vulneración de un derecho fundamental. Los jueces y abogados consultados por este periódico consideran que la actuación de Zaragoza recogida en los cables para que fuera Moreno y no Garzón el juez del caso podría haber afectado al derecho a la tutela judicial efectiva de las víctimas de las supuestas torturas Lahcen Ikasrrien, Hamed Abderramán Ahmed y el resto de querellantes. Ese derecho se recoge en el artículo 24 de la Constitución y una de sus variantes es la del "derecho al juez natural predeterminado por la ley".
-Asesoramiento jurídico prohibido. El hecho de que Zaragoza aconsejara a EE UU, según los cables, que abriera un caso para que se cerrara la investigación española supondría, según algunos de los juristas consultados, una infracción disciplinaria ya que el EOMF prohíbe a los fiscales el asesoramiento.
-Incumplimiento del principio de imparcialidad (artículo 48 EOMF). Con la información facilitada a EE UU del caso y los consejos a su embajada, el fiscal podría haber vulnerado el principio de imparcialidad con el que, según la ley, debe actuar. Algunos juristas creen que, con esta actitud, Zaragoza pudo cometer un "fraude procesal".

Conocer los informes del CNI con anterioridad

El escándalo de los vuelos de la CIA en 2005 y su tránsito clandestino por aeropuertos europeos provocó la apertura de un procedimiento penal en la Audiencia Nacional que la embajada se empeñó en impedir que prosperara. La legación, según se desprende de los telegramas filtrados y enviados desde la embajada de Madrid, quiso buscar la complicidad del fiscal, Vicente González Mota.
El juez encargado del caso, Ismael Moreno, pidió que se desclasificaran los documentos del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y del Ministerio de Defensa sobre los vuelos. Los cables aseguran que en enero de 2007 el fiscal anunció al asesor legal de la embajada que no intentaría bloquear la iniciativa del magistrado porque conocía con antelación estos documentos y no contenían "ningún elemento incriminatorio ni ninguna información sensible", según uno de los telegramas. Los documentos desclasificados por el Consejo de Ministros el 9 de febrero efectivamente no aportaron ninguna novedad al caso. El fiscal habría añadido, siempre según la versión de la embajada, que "el Gobierno español no buscaría información adicional del Gobierno de EE UU en relación a este caso". González Mota negó el martes a este periódico que conociera previamente el contenido de los informes.
La opinión de los juristas consultados es que la conducta del fiscal podría ser constitutiva de una infracción de revelación de datos conocidos en ejercicio de funciones. El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal la sanciona como falta disciplinaria muy grave "cuando perjudique la tramitación de un proceso o a cualquier persona".

http://www.elpais.com/articulo/espana/Expertos/penales/creen/fiscalia/vulnero/ley/tratos/EE/UU/elpepuesp/20101202elpepunac_1/Tes

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