domingo, 26 de febrero de 2012

Primero se pagará a los bancos, los trabajadores, a la cola. #Extremadura #PP

Primero, los bancos. Y, después, las nóminas. En caso de estrecheces, los proveedores tendrán que seguir esperando. Y el pago de subvenciones quedará para el final. La Junta de Gobierno local aprobó ayer unos criterios de prioridad para hacer frente a sus pagos con el objetivo de garantizar la liquidez suficiente para las cuestiones más necesarias.
La ley obliga a los ayuntamientos a acomodar sus órdenes de pago al llamado Plan de Disposición de Fondos de Tesorería. En los casos en que la disponibilidad de dinero no permita atender todas las obligaciones reconocidas, se deberá atender al orden establecido en este documento. No es más que un requisito legal, pero ante la situación de las arcas municipales supondrá una guía para indicar la preferencia de unos pagos sobre otros. Y las nóminas ya no tienen la prioridad.
El Ayuntamiento adopta así lo recogido en la reciente reforma del artículo 135 de la Constitución, en el que se establece que «los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta». Traducido: el dinero debe destinarse en primer lugar a pagar deuda con entidades financieras.
Para ello, se ha aprobado el Plan de Disposición de Fondos, un instrumento de planificación de la Tesorería municipal que tiene carácter obligatorio. En caso de que las disponibilidades de tesorería no permitan hacer frente a todas las obligaciones tendrán preferencia los pagos correspondientes a amortización e intereses de los créditos con bancos y cajas. En segundo lugar se atenderá al capítulo de personal, excepto las cuotas, prestaciones y gastos sociales, que se pagarían en tercer lugar. De esa forma, en caso de que sea necesario se dejaría de pagar a la Seguridad Social para poder abonar los sueldos de los empleados municipales.
En cuarta posición se sitúan los pagos derivados de liquidaciones en concepto de impuestos retenidos a los perceptores de rentas abonadas por la Corporación, en especial el IRPF. A continuación se sitúan los anticipos de nóminas, y después los gastos derivados del funcionamiento de servicios públicos (como alumbrado y recogida de basuras). En séptimo lugar se encuentran las obligaciones con proveedores contraídas en ejercicios anteriores, y en octavo los pagos correspondientes a gastos con financiación afectada (como la Escuela Taller).
El noveno punto hace referencia a subvenciones finalistas, en las que primero el Ayuntamiento debe asumir el pago y después reclamar la ayuda (caso de las actuaciones del Plan Urban). En décimo lugar se encuentran las liquidaciones del IVA, en undécima posición los depósitos para dar cumplimiento a sentencias firmes (aunque en estos casos depende del juez), en duodécima las asistencias técnicas con carácter periódico y en decimotercera los alquileres y seguros. Los tres últimos puntos del orden de preferencia son las subvenciones nominativas recogidas en el Presupuesto (Semana Santa, premios de Carnaval, ayudas a asociaciones, etc.), los pagos por cancelación de fianzas y depósitos constituidos por terceros ante la administración y, para finalizar, el resto de obligaciones reconocidas contraídas en el ejercicio corriente.
Fechas de pago
El Plan de Disposición de Fondos establece que la Tesorería realizará los pagos los martes de cada semana, salvo casos puntuales, con el objetivo de ordenar su actividad.
Quedará fuera de esta norma el pago de las nóminas, que tendrá lugar los días 26 o 27 de cada mes «salvo que la liquidez de la tesorería no lo permita». También se abonarán las cuotas de los seguros sociales en los vencimientos establecidos en sus normas reguladoras. Asimismo, los pagos por retenciones practicadas en nómina, excepto el IRPF y la Seguridad Social, se pagarán a la semana siguiente a dicha retención.
También se aprueba que, «a fin de no provocar graves trastornos a la prestación ordinaria de servicios públicos esenciales, podrán prorratearse las disponibilidades existentes entre los niveles de prioridad noveno a decimosexto», que por tanto serán los puntos con más problemas de cobro.
Este plan entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
http://www.hoy.es/v/20120225/merida/consistorio-prioridad-deuda-bancaria-20120225.html

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